miércoles, 30 de abril de 2008

Circlar Nº2 CNA (comision nacional de acreditacion)

CIRCULAR N ° 2
Normas para la difusión y publicidad de la acreditación de instituciones de educación
superior.
Introducción
Con el fin de transparentar la información que es entregada a los usuarios sobre el proceso
y resultados de la acreditación, y en cumplimiento de los establecido en el artículo 48 de la
Ley 20.129 respecto de la obligación de las instituciones de incorporar en su publicidad
información sobre la acreditación, la CNA-Chile ha definido las siguientes normas de
difusión y publicidad de la acreditación de instituciones de educación superior.
Considerando:
Que la Ley 20.129, en su artículo 48, establece:
Que todas las instituciones de educación superior estarán obligadas a incorporar en su
publicidad información que dé cuenta de su participación en el proceso de acreditación
institucional. Para estos efectos deberán indicar, a lo menos:
a) Si se encuentran participando en el proceso de acreditación.
b) Áreas en las que postuló a la acreditación.
c) Resultado del proceso de acreditación.
La Comisión Nacional de Acreditación acuerda las siguientes normas para la difusión
y publicidad de la acreditación de instituciones de educación superior:
Primero:
Todas las instituciones deben proporcionar información que sea clara y pertinente tanto
sobre el proceso como de los resultados de la acreditación, evitando interpretaciones que
no correspondan con el foco del proceso ni los resultados obtenidos. La información debe
estar a disposición de los usuarios al menos a través de las páginas web de las instituciones
y principales documentos de difusión institucional.
Segundo:
Todas las instituciones deben informar acerca de su participación en el proceso de
acreditación institucional, incluyendo también a aquellas instituciones que no participan
del proceso y las que no han obtenido su acreditación.
Con respecto al proceso y los resultados de acreditación, las instituciones deben indicar:
a) Si se encuentran participando en el proceso de acreditación.
Se entiende por participar en el proceso de acreditación ante la CNA cuando las
instituciones han firmado el convenio de acreditación respectivo y / o cuando han
entregado su informe de evaluación interna (autoevaluación) en el marco del proceso de
acreditación.
b) Áreas acreditadas.
Se debe informar las áreas en que se obtuvo la acreditación, aquellas mínimas de Gestión
Institucional y Docencia Conducente a Título, y aquellas adicionales, cuando corresponda.
c) Resultado del proceso de acreditación
Por resultado del proceso de acreditación se entiende el juicio de acreditación y la vigencia
de la acreditación, la que se extiende desde y hasta las fechas indicadas en el acuerdo de
acreditación respectivo.
Tercero
La información presentada, incluyendo el uso del logo de CNA–Chile, debe ser clara y
legible, y considerar todos los términos establecidos en este instructivo. En el caso que la
institución publique el acuerdo de acreditación, deberá publicar el texto del acuerdo de
modo íntegro.
Cabe destacar que, en ningún caso, la acreditación institucional implica que las carreras y
programas también se encuentren acreditados. La información que las instituciones
presenten sobre la acreditación institucional no debe confundirse con la de la acreditación
de sus carreras y programas.
Cuarto
En el caso de que las instituciones no cumplan con estas normas, la Comisión notificará a
la institución de su falta, y enviará oficio al Ministerio de Educación y a las instancias
correspondientes para que adopten las medidas que sean pertinentes. La presente circular
se entiende vigente desde el momento de su notificación.
Comisión Nacional de Acreditación
CNA – Chile
Santiago, 31 de Octubre 2007.

Circlar Nº1 CNA (comision nacional de acreditacion)

MATERIA: a) I nforma sobre los
procesos de acreditación
inst itucional, de carreras de
pregrado y programas de
posgrado de la CNA.
b) Prorroga la vigencia del
periodo de acreditación de
carreras y programas
acreditados por la CNAP y
CONAP.


De acuerdo a lo informado el 12 de Marzo de 2007 por la Comisión Nacional de
Acreditación, los procesos de acreditación inst itucional, de carreras de
pregrado y programas de posgrado, se realizarán de acuerdo a lo establecido
en la Ley 20.129 y, provisoriamente, sobre la base de los criterios, normas y
procedimientos definidos previamente por las Comisiones Asesoras de
Evaluación de la Calidad de Pregrado y Posgrado, CNAP y CONAP. La CNA ha
preparado el documento ‘Guía para la Acreditación’, que sintet iza las pautas y
procedimientos que se ut ilizarán durante este periodo.
La CNA se encuent ra recibiendo postulaciones a los procesos de acreditación
desde el 15 de Mayo de 2007. Esta Comisión se encuent ra programando el
desarrollo de los procesos de acreditación que serán realizados durante este
año, además de la elaboración del regist ro de pares y demás act ividades
necesarias para conducir dichos procesos. Según lo dispuesto por Ley, la
Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda fijará los montos de los
Marchant Pereira Nº 954, Providencia, Tel.:(56-2) 3439195 ó 3437043, Santiago
&20,6,Ð11$&,21$/'($&5(',7$&,Ð1
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aranceles que se cobrarán por el desarrollo del proceso de acreditación, los
que serán próximamente comunicados por circular.



1.-PROCESO DE ACREDITACION CURRICULAR

Durante el año 2007, la Comisión incorporará a los procesos de acreditación a
todas las inst ituciones interesadas en obtener su acreditación por primera vez,
o bien aquellas inst ituciones cuyo periodo de acreditación vence durante el
presente año y decidan someterse a un nuevo proceso. Cabe destacar que las
inst ituciones a las que la CNAP les haya rechazado la acreditación, no podrán
presentarse al proceso desarrollado por la CNA, sino hasta 6 meses después de
not ificado el acuerdo de rechazo de la acreditación.
Para los efectos de incorporarse al proceso de acreditación inst itucional, las
inst ituciones deberán haber efectuado un proceso de autoevaluación que
cuente con un nivel de avance significat ivo. Las postulaciones se podrán
realizar durante todo el año. Sin embargo, de acuerdo a lo previamente
informado por la CNA, debido a la duración de las dist intas etapas del proceso
descritas en la Ley y en las normas y procedimientos vigentes, es previsible
que las postulaciones cuyos procesos de Autoevaluación finalicen con
posterioridad al 30 de junio del 2007, no culminen necesariamente con el
proceso que dirima su estado de acreditación durante el presente año. Con
todo, la CNA ha manifestado que procederá a analizar cada una de las
postulaciones recibidas y procederá a programar los procesos de evaluación del
modo más apropiado a los fines de la acreditación.
Marchant Pereira Nº 954, Providencia, Tel.:(56-2) 3439195 ó 3437043, Santiago
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2.-ACREDITACION DE CARRERAS DE PREGRADO Y PROGRAMAS DE POSTGRADO
 Durante el año 2007, la Comisión incorporará a los procesos de acreditación a
todas las carreras de pregrado y programas de posgrado que se presenten por
primera vez a la acreditación, o bien aquellas carreras y programas cuya
acreditación se les haya rechazado previamente y decidan someterse a un
nuevo proceso. En este últ imo caso, sólo podrán presentarse al proceso de
acreditación cumplidos 6 meses de la not ificación del acuerdo de rechazo de la
acreditación.
De acuerdo a lo previamente informado por esta Comisión, las carreras y
programas que se incorporen a los procesos de acreditación durante este año,
deberán haber efectuado un proceso de autoevaluación y preparación de los
antecedentes necesarios para la evaluación, que cuente con un nivel de avance
significat ivo. Asimismo, se priorizará a las carreras que deben someterse
obligatoriamente a procesos de acreditación tales como: Médico Cirujano,
Profesor de Educación Básica, Profesor de Educación Media, Profesor de
Educación Diferencial y Educador de Párvulos. Sin perjuicio de lo anterior, la
Comisión analizará con cada inst itución un conjunto de programas a acreditar.





3.-PRORROGA DE VIGENCIA DE ACREDITACION DE LAS CARRERAS DE PREGRADO Y PROGRAMAS DE POST GRADO PREVIAMENTE
ACREDITADOS POR LA CNAP Y CONAP

En sesión de fecha 20 de Junio de 2007, la Comisión Nacional de Acreditación
acordó prorrogar el periodo de acreditación hasta el día 31 de Julio de 2008,
de todas las carreras de pregrado y programas de posgrado acreditados
previamente por la CNAP y CONAP, cuyo vencimiento del periodo de
acreditación se produzca durante este año 2007 y el 30 de Julio del 2008.
Marchant Pereira Nº 954, Providencia, Tel.:(56-2) 3439195 ó 3437043, Santiago
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Lo anterior, en atención a que las carreras y programas de inst ituciones de
educación superior que decidan incorporarse a un nuevo proceso de
acreditación, podrán hacerlo una vez que esta Comisión cuente con sus propios
criterios y procedimientos de acreditación y, a part ir del próximo año, puedan
elegir ser acreditadas por las agencias de acreditación previamente autorizadas
por la CNA, todo ello, en conformidad a lo dispuesto en la Ley 20.129.
Sant iago, 26 de Junio de 2007.

lunes, 28 de abril de 2008

Continua el paro

En la asamblea realizada hoy lunes 28/04/08 a las 12:00 horas en laboratorio, se decide que la carrera de física continua en paro, apoyando a las demás carreras por la mejora de los beneficios de la TNE (tarjeta única estudiantil)...

La siguiente asamblea se realizara el día miércoles 30/04/08 a las 12:00 horas en el mismo laboratorio.

En esta asamblea se contó con aproximadamente 30 personas de la carrera, presidiendo a esta la directiva de la misma. Además se contó con la presencia del jefe de carrera. El cual trato temas como la acreditacion y otros...

Entre otras cosas se informa a los alumnos de la carrera, que el día Miércoles en la tarde hora por definir, el alumno de física Rodolfo defiende su tesis. Se invita a todos los estudiantes interesados en ir, la defensa se llevara acabo en el aula magna del edificio de ciencias...

jueves, 24 de abril de 2008


Foto de hoy, siendo consecuente con lo que de fendemos (no al aumento del pasaje estudiantil).

Cada vez estamos màs unidos, Hasta con cartel de Pedg. en Fisica. Como nunca ...

lunes, 21 de abril de 2008

Motivo del Bolg

El motivo de la creación de este blog, es poder manejar la información que nos parece pertinente conocer. Con el fin de tener claras las ideas y la toma de futuras decisiones, que tengan incidencia en nuestra carrera, y por ende influyendo directamente en nosotros como estudiantes de la carrera de pedagogía en física de la Universidad Playa Ancha de Ciencias de la Educación.

Por otro lado, se espera una participacion activa del alumnado. Pudiendo estos, verter sus ideas y opiniones con respecto a los temas a tratar...

Actualmente uno de los principales temas, es la Acreditacion de nuestra carrera.
Lo que se pretende es aparecer en el listado de las carreras acreditadas de la Universidad de Playa Ancha, en un futuro proximo.